Qué es y para qué sirve el reconocimiento de deuda

Las situaciones de impago se producen cuando la parte deudora no es capaz de cubrir el pago de la obligación contraída con su acreedor, sea un proveedor o un empleado, por ejemplo. El contrato de reconocimiento de deuda permite a ambas partes reconocer esa deuda, explicar su origen y establecer un calendario de pago, entre otros, algo imprescindible en la gestión de cobro de cualquier negocio.

El contrato de reconocimiento de deuda

Es un acuerdo de reconocimiento de deuda por el cual la parte deudora confirma la existencia de dicha deuda, pudiendo realizarse tanto de manera verbal como escrita, así como de forma unilateral por parte del deudor o bilateral, si interviene también la parte acreedora. Este reconocimiento es independiente del tipo de proceso que ha originado la deuda, como por ejemplo, el hecho de no abonar las cuotas de financiación de un vehículo.

En este contrato se detallan varios aspectos además de la cantidad debida, como pueden ser los intereses de demora, penalizaciones por impago o incluso la posibilidad de una condonación total o parcial o incluir un periodo de carencia. También pueden proponerse nuevas formas de pago, generalmente unos nuevos plazos, así como indicar la causa que ha motivado ese impago. Por ejemplo, una situación muy habitual es la de no abonar un préstamo por no haber recibido a tiempo unos ingresos por alquiler. Es decir, un retraso conlleva a otro.

Se trata de un contrato que puede ser elevado a público para dotarlo de fuerza ejecutiva, así que es muy utilizado, especialmente en el ámbito de comercio entre empresas. Aunque puede ser firmado por las dos partes, puede ser una manifestación unilateral del deudor que el acreedor, de no contestar, acepta tácitamente. Si el acreedor no estuviera conforme con la cuantía de la deuda debería comunicar fehacientemente su disconformidad, pero la gran ventaja es que el acreedor no debe demostrar la existencia de esa deuda porque es reconocida por el deudor.

Si ya se hubiera iniciado un procedimiento judicial destinado a cobrar esa deuda, el contrato de reconocimiento debe ser validado por el juez.

¿Tiene ventajas el contrato de reconocimiento de deuda?

Sí, para ambas partes, la deudora y la acreedora. Gracias al contrato de reconocimiento de deuda, el deudor:

  • Dispone de más tiempo para obtener la liquidez necesaria para hacer frente a sus obligaciones de pago.
  • Puede paralizar el proceso judicial iniciado para el cobro de la deuda.
  • Permite abrir la posibilidad de negociar nuevas condiciones, obteniendo incluso la condonación de una parte de la deuda. Ahí entrará en juego la capacidad de negociación.

Para la parte acreedora:

  • No tiene que demostrar documentalmente que hay una deuda, ya que ésta ya ha quedado reconocida en este documento. Si se tiene que iniciar un procedimiento judicial, esta ya es fehaciente gracias el reconocimiento de deuda.
  • Permite establecer unos intereses de demora en caso de incumplimiento del contrato.

Por tanto, el contrato de reconocimiento de deuda es un buen instrumento mediador para ambas partes. Evita en muchos casos que los inconvenientes del impago acaben en los juzgados. Si hay buena voluntad entre ambas partes, el contrato de reconocimiento de deuda es un gran instrumento para hacer efectivos los pagos pendientes, en el caso de la parte de deudora, en unas condiciones diferentes a las originales. Para el acreedor, tener este contrato evita tener que demostrar la existencia de la deuda en caso de llegar a un proceso judicial.

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Qué debe contener el reconocimiento de deuda

La gran ventaja del reconocimiento de deuda es que es un documento muy sencillo, no necesita de mucho contenido para tener validez en un proceso judicial, más bien lo contrario, debe ser corto pero específico y debe contener, como mínimo:

  • Identificación de las partes: el deudor como obligado al pago y el acreedor beneficiario de este. En función de la relación entre las partes podemos identificarlos de diferente forma: arrendador y arrendatario, trabajador y empresa, empresa y profesional, etc.
  • Cuantía de la deuda: el reconocimiento de deuda debe contener específicamente la cuantía de la deuda que se reconoce.
  • Fecha y forma de pago: debe incluir una fecha de pago y la forma en que se hará. Aquí, en función de lo acordado entre las partes, se puede establecer un calendario de pago, con periodos de carencia, el pago de un tipos de interés o cualquier aspecto que las partes quieran acordar libremente.
  • Origen de la deuda: la ventaja del reconocimiento de deuda es que obliga a las partes sin necesidad de justificar el origen de la deuda, así que no es necesario incluirlo, aunque puede ser útil para contextualizar la situación. En ocasiones, cuando las partes deciden documentar la causa que originó la deuda, se utilizan documentos anexos que la sustentan como facturas, contratos, transferencias o cheques.

En qué situaciones se puede utilizar un reconocimiento de deuda

La casuística en que una deuda se puede originar es realmente amplia, desde un préstamo a un familiar hasta el impago de una factura entre dos empresas. La gran ventaja de documentar esa deuda es que, gracias a su reconocimiento, es necesario justificar la causa que la originó, lo que facilita la gestión de cobro al acreedor.  Las situaciones que nos podemos encontrar son muchas, pero si existen unas actividades en las que tiene mucho sentido hacer un reconocimiento de deuda:

  • Reconocimiento de deuda comercial entre empresas: es una de las situaciones más habituales. Dos empresas, deudor y acreedor, tienen una relación comercial en virtud de la cuál el deudor compra al acreedor un producto o servicio que le origina una obligación de pago que no es capaz de cubrir, generando una deuda comercial.
  • Reconocimiento de deuda por honorarios profesionales: es también muy habitual y es exactamente el mismo caso que el punto anterior porque también es deuda comercial, aunque para el caso específico en que una de las partes es un profesional liberal como un abogado, un programador o un economista.
  • Reconocimiento de deuda entre trabajador y empresa: en la relación entre empresa y trabajador también se dan muchas situaciones en las que se puede generar una deuda entre las partes, y en los dos sentidos. Podría ser que la empresa no hubiera cumplido con la obligación de pago de las horas extras o de la nómina como que el trabajador tuviera de devolver unos anticipos de nómina recibidos por error.
  • Reconocimiento de deuda por impago de alquiler: ya sea el alquiler de una vivienda como el de una oficina, nave o local, el arrendamiento es una actividad susceptible de generar una deuda entre las partes, así que el reconocimiento de deuda para documentarla es muy habitual en esta actividad.
  • Reconocimiento de deuda por préstamo: cuando existe un contrato de préstamo entre dos partes, puede ser necesario complementarlo con un reconocimiento de deuda si en algún momento el deudor no puede cumplir con sus obligaciones de pago.

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